Algunas reflexiones y noticias de la UE: “Sentencia Apple Irlanda” - BASILIO RAMÍREZ

Hoy en que España se juega buena parte de cómo será su recuperación tras la crisis económica causada por la pandemia de coronavirus. Europa celebra la cumbre para empezar a hablar de lo importante: el reparto de los 750.000 millones que incluye el fondo de reconstrucción post COVID-19. Esta cumbre europea que debate sobre la distribución de los fondos llega con división entre los países del norte y los del sur. El cambio aquí está en Alemania, dispuesta ahora a un mayor gasto en línea con instituciones que han roto su ortodoxia habitual, como el FMI. La reunión, telemática, se celebra por la mañana y los llamados países frugales llegan con la idea de endurecer las condiciones. He considerado oportuno comentar asuntos Europeos.

En primer lugar tenemos una nueva Sentencia multimillonaria a favor de Apple y en contra de la UE. El tema controvertido lo comentábamos en este post de enero de 2017. En él explicábamos claramente, incluso con esquemas, en que consistía la planificación fiscal del grupo en Irlanda.

La sentencia del tribunal de Luxemburgo, en cualquier caso, tumba la decisión adoptada por la Comisión Europea en 2016 de obligar que el gigante tecnológico Apple devolviera 13.000 millones de euros a Irlanda —y 1.200 millones más en intereses— por lo que consideraba ayudas de Estado ilegales. En concreto, la Comisión constató que la empresa dirigida por Tim Cook llegó a dos acuerdos con Dublín de 1991 y 2007 para beneficiarse de una cuantiosa rebaja en la factura tributaria. La empresa solo tributó el 1% en 2003 y ese tipo efectivo fue bajando hasta el 0,005% en 2004.

 

Algunas otras noticias destacables del clima Europeo, son:

La Unión Europea prorroga el marco de ayudas de estado

Con el objetivo de minimizar el impacto de la crisis del coronavirus en las empresas, la Comisión Europea ha prorrogado la aplicación de las normas de ayudas de estado, que llegarán a su término a finales del año 2020. Muchas de las normas se han prolongado por un año, con el fin de que la Comisión pueda llevar a cabo revisiones y estudie cual es la mejor manera para que las ayudas de estado se adecúen a las prioridades establecidas en el Pacto Verde Europeo y en la Estrategia Industrial Europea. Tras consultar con los Estados Miembros, y para combatir los efectos negativos de la crisis coronavirus, la Comisión ha introducido algunos cambios tanto en las normas que se prorrogarán como en el marco de ayudas de estado en materia de investigación y desarrollo para “que aquellas empresas que sufran dificultades, generadas o no por la crisis del coronavirus, puedan recibir determinadas ayudas o tengan derecho a recibirlas, durante un periodo de tiempo establecida durante y después de la crisis” y también para “introducir ciertos cambios concretos en las actuales normas que aseguren que la pérdida de puestos de trabajos que pueda tener una empresa debido a la crisis del coronavirus no sean considerados como una relocalización y por tanto un incumplimiento de los compromisos previamente adquiridos.”

 

Reino Unido publica la Guía sobre la DAC6

El Ministerio de Hacienda de Reino Unido ha publicado una Guía, sobre la Directiva en materia de intercambio obligatorio y automático de información en el campo de la fiscalidad en relación con los instrumentos transfronterizos reportables, denominada comúnmente como “DAC6”. Los Estados miembros disponían hasta el 31 de diciembre de 2019 para transponer la Directiva a su normativa interna. Dado que la normativa establecía la obligación de comunicar los esquemas transfronterizos ejecutados desde el 25 de junio de 2018, fecha de entrada en vigor de la Directiva, han sido muchas las peticiones realizadas a la Comisión para que emitiera una guía técnica que proporcionara claridad a los asesores fiscales durante el periodo de transposición de la referida directiva. A finales de 2019, la CFE, junto al Grupo de Contacto Europeo (ECG) y el Grupo de la CFE) y el Grupo Europeo de redes y Asociaciones Internacionales de Contabilidad (EGIAN), enviaron una carta conjunta a la Comisión Europea, así como a los miembros del Grupo de trabajo IV solicitando a la Comisión y a los Estados Miembros que mantuvieran sus esfuerzos en proporcionar mayor claridad y guía en el proceso de implementación de la DAC6. La CFE realizará una encuesta en relación a la implantación y requisitos prácticos de reporte de la implantación de la legislación durante 2020.

 

La OCDE publica el modelo de normas de reporting para operadores en plataformas

La OCDE ha hecho público su modelo de normas de reporting para operadores en plataformas digitales en relación con la economía colaborativa y trabajadores autónomos. Estas normas han sido desarrolladas en el marco de una estrategia más amplia por parte de la OCDE para hacer frente los retos fiscales de la economía digital, con el objetivo de que las administraciones tributarias a nivel mundial adopten un conjunto de normas uniformes respecto a los requisitos de información de las transacciones e ingresos de las plataformas digitales. El modelo de normas ha sido creado para aumentar la transparencia y reducir las cargas administrativas de cumplimiento tanto para las administraciones tributarias como para los contribuyentes, registrando y gravando adecuadamente las actividades llevadas a cabo por las plataformas digitales, que anteriormente podrían haberse estado realizando como economía sumergida. Pascal Saint-Amans, Director del Centro de Administración y Política Fiscal, ha declarado que “La aprobación por parte del marco inclusivo de BEPS del G20/OCDE del modelo de normas de reporting para operadores en plataformas, prueba que es posibles llegar a soluciones multilaterales para afrontar los retos fiscales de la economía digital y que están para beneficiar tanto a las administraciones tributarias, como a los contribuyentes y empresas.” Ahora la OCDE avanzará en el marco legal internacional para facilitar el intercambio de la información obtenida mediante el modelo de normas.

 

Paquete de procedimientos de infracción de julio de la Comisión Europea

La Comisión europea ha publicado su paquete de procedimientos de infracción del mes de julio en que se fijan las acciones legales llevadas a cabo por la Comisión por aquellos Estados miembros que han incumplido con la normativa europea. En base al Plan de Acción contra el blanqueo de capitales publicado en el mes de mayo, la Comisión ha identificado algunos miembros que todavía no han transpuesto por completo la 4ª y 5ª Directiva Anti-blanqueo de Capitales. La Comisión Europea ha llevado a Austria, Bélgica y los Países Bajos ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, solicitando sanciones pecuniarias, por no incorporar plenamente en su Derecho nacional la 4ª Directiva. Se han enviado cartas de emplazamiento a Luxemburgo, Eslovenia y Eslovaquia por transponer incorrectamente la cuarta Directiva contra el blanqueo de capitales. Estos países disponen de un plazo de dos meses para notificar a la Comisión que la Directiva se ha transpuesto correctamente, en caso contrario, la Comisión enviará un dictamen motivado. Por otra parte, la Comisión ha enviado sendos dictámenes motivados a Chequia, Dinamarca e Italia por no haber incorporado plenamente la cuarta Directiva contra el blanqueo de capitales. De no obtenerse respuesta en el plazo de tres meses, la Comisión llevará a estos países ante el Tribunal de Justicia. La Comisión ha enviado cartas de emplazamiento a tres Estados miembros: Bulgaria, Irlanda y Francia, por no haber conectado sus registros mercantiles nacionales a la herramienta de registro mercantil de la UE. Bulgaria, Irlanda y Francia disponen ahora de tres meses para responder a las cartas de emplazamiento y tomar las medidas pertinentes. De no hacerlo, la Comisión puede optar por enviar un dictamen motivado. También se ha enviado carta de emplazamiento a Bélgica por transponer incorrectamente la Directiva contra la Evasión fiscal, en relación con las reglas de limitación de intereses y de doble imposición derivadas de las normas relativas a sociedades controladas extranjeras (CFC rules). Bélgica dispone de tres meses para emitir una respuesta, o en caso contrario la Comisión enviará un dictamen motivado.

 

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