El ataque del Proyecto de Presupuestos a la neutralidad fiscal de los dividendos y a la inversión extranjera en España - BASILIO RAMÍREZ

Una vez más, tengo que felicitar a este Gobierno por una medida introducida en el Proyecto de Ley de Presupuestos para 2021, que se nos ha vendido como que solo afecta a unas pocas empresas en España, y la realidad es que afecta absolutamente a todos los grupos fiscales “grandes y pequeños” que reciban dividendos de filiales y que obtengan plusvalías por venta de compañías.

Esta medida, introducida “con calzador”, ya que atenta directamente a la Directiva Matriz Filial, y otras de la UE y que en otros países que intentaron su implantación, como Francia, han fracasado al haber sido anulado este precepto por los Tribunales, tiene otra consecuencia, desde mi punto de vista, grave. Nos cargamos directamente el principal atractivo para que las empresas de todo el mundo quieran establecerse e invertir en España.

Tras dos años de prorrogar Presupuestos “Montoro”, y tras el intento infructuoso de Presupuesto que naufrago en 2018, el nuevo Proyecto de Ley de Presupuestos para el año 2021 retoma la reducción de la exención sobre los ingresos derivados de la tenencia de participaciones, que pasarán de estar exentas a tributar, con carácter general, a un tipo final del 1,25%, que se amplía al 1,5% para las entidades de crédito y de hidrocarburos.

En esta ocasión y como diferencia de lo proyectado en el anterior proyecto fallido para 2019, se ha dulcificado un poco la primera redacción por la dudosa compatibilidad con la norma comunitaria y los convenios de doble imposición, y en resumen con lo propuesto por la OCDE, y renuncia a la pretensión de gravar la limitación de las fusiones, los establecimientos permanentes, las Uniones Temporales de Empresas (UTE´s) y las Agrupaciones de Interés Económico (AIE´s).

El Proyecto de Ley limita la exención, que será solo del 95%, al cobro de dividendos y a la obtención de plusvalías asociadas a participaciones tanto en entidades residentes como no residentes.

Afecta también a los dividendos repartidos entre entidades que formen parte de un mismo grupo consolidado fiscal.

El Preámbulo del proyecto de Presupuestos, nos pone sobre la pista, del “porque”, de esa dulcificación y también del porque no va a funcionar bien este mecanismo, ya reconoce que la misma limita el desarrollo económico al establecer una excepción «con la finalidad de permitir el crecimiento de las empresas». Salvedad que sirve para venderlo mejor (de ahí, ese comentario de que solo afectará a unas pocas empresas) y con poco impacto práctico, ya que sólo resulta temporalmente aplicable a la primera entidad constituida por una sociedad que no llegue a facturar 40 millones de euros.

En resumen, endulzando un poco lo propuesto anteriormente, este gobierno se carga y pretende terminar con los más de 40 años de neutralidad fiscal asociada al tratamiento de los dividendos. Una neutralidad que se había garantizado a través de diversos mecanismos (deducción por doble imposición, etc.) desde la creación del Impuesto sobre Sociedades en 1978.

El pretexto que nos pretenden vender sobre esta norma es (supuestamente) limitar la deducibilidad de los gastos de gestión asociados a la participación en la entidad filial. Y eso, cualquier profesional, operador o empresario que este realmente en el mercado sabe que evaluar los mismos en un 5% de los ingresos asociados a dicha participación, está tan lejos de la realidad que resulta un atentado directo a la doble imposición, aunque nos lo quieran vender así.

Los que proponen esta reforma no entienden el efecto fundamental que ocasiona una medida de estas características, se trata de una nueva traba a la salida al exterior de nuestras compañías, al quedar sometida la obtención de beneficios en el extranjero a un gravamen adicional cuando los mismos se repatríen, afecta por tanto a la libre competencia entre países. Así los que no graven esta repatriación serán mucho más atractivos para la inversión extranjera.

Se cargan el último de los incentivos a la internacionalización, y el más importante, el que más miramos los entendidos en planificación de la fiscalidad internacional. Se perjudica, además, la entrada del capital extranjero haciendo mucho más difícil que España sea contemplada como un territorio en el que centralizar inversiones y se obstruye, por si fuera poco, la utilización de nuestra red de Convenios con Latinoamérica, que es la mejor del mundo del mundo, y la captación, por España, de las sociedades holding que escapan del Reino Unido como consecuencia del Brexit. BRAVO, BRAVO, BRAVISIMO.

Para intentar recaudar un poco más, nos cargamos “un mucho” de la recaudación. Recuerden, señores, que subir los impuestos y cargarse los sistemas de estimulo repercuten en una menor recaudación SIEMPRE!!!

Y como resumen del Proyecto de Presupuestos:

  • Reduce el atractivo para invertir en España.
  • Reduce el cobro de dividendos y plusvalías de participaciones en entidades residentes como no residentes.
  • Introduce un gravamen adicional a los beneficios producidos en el extranjero.

 

Visita mi perfil de LinkeIn para estar informado.

Deja un comentario

Tu email no será publicado. Los campos obligatorios están marcados con *


El periodo de verificación de reCAPTCHA ha caducado. Por favor, recarga la página.