Este Gobierno nos vende una vez más una Ley Antifraude que es en realidad una subida de Impuestos - BASILIO RAMÍREZ

Ayer la Sra. Ministra de Hacienda, María Jesús Montero, volvió a hacer alarde de sus actitudes defraudatorias, ya que según entiendo, la definición de defraudar es:

1. Privar a una persona de algo a lo que tiene derecho, mediante engaño o abuso de confianza.
2. Decepcionar o desilusionar [alguien o algo] a una persona por no ser como esperaba.

Es curioso que una Ley antifraude sea en principio fraudulenta y defraudatoria, ya que en realidad es una subida de impuestos disfrazada y previamente calificada judicialmente de anticonstitucional.

A mi personalmente ya no me sorprende nada en estos tiempos de Legislar peor que mal, engañar, esconder y tomar el pelo a los ciudadanos que son los que pagan una y otra vez los platos rotos. Echo de menos, esos tiempos en los que incluso era posible razonar con las Leyes fiscales.

El colmo vuelve a ser, vendernos la quincuagésima norma antifraude, como si todos los contribuyentes fuéramos los que defraudamos, en vez de los miembros de uno y otro gobierno, que son en realidad los que nos defraudan una y otra vez, en el amplio sentido de la palabra y en sus dos definiciones.

Todos ellos metidos en tramas defraudatorias y después dando ejemplo de su rectitud y ética. Dejando la hipocresía aparte, El proyecto de ley contra el fraude fiscal presentado ayer por la ministra de Hacienda, esconde una fuerte subida de impuestos en Patrimonio y aquellas figuras relacionadas con la trasmisión de inmuebles. La normativa consolida las elevadas tasaciones que hacen las Haciendas autonómicas. El texto formaliza, en contra del criterio del Tribunal Supremo, que el Catastro establezca el valor de los inmuebles que sirve como base imponible a la hora calcular la liquidación de los impuestos.

Así que en un momento inmejorable de crisis inédita en el mundo que seguro que afectará al valor de los inmuebles de forma importante el Gobierno rescata la tasación en el llamado, esta vez, Valor de Referencia del Mercado (VRM), calculado por el Catastro a través de una serie de variables que permite a las Haciendas autonómicas superar el valor real de los inmuebles. En la mayoría de los casos, el valor no se corresponde con el de la escritura y puede exceder el verdadero precio de mercado del inmueble, por lo que exigen más impuestos. ¿no les recuerda a la Ley de Tasas y Precios públicos declarada hace muchos años anticonstitucional?

El Supremo, en una sentencia de 23 de mayo de 2018, rechazó que las Haciendas autonómicas puedan comprobar los valores de los inmuebles aplicando coeficientes sobre los valores catastrales y en otras sentencias viene a exigir que, para conocer el valor real de una vivienda, el perito se desplace al lugar. Sin embargo, el proyecto de ley presentado ayer apuntala, «en alas de la seguridad jurídica», las tasaciones por parte de las Comunidades Autónomas a través del Catastro. El texto recoge que «el valor de referencia que establece el Catastro se convierte en la base imponible de los tributos patrimoniales, de forma objetiva». Según Hacienda, la medida «cuenta con el apoyo de las Comunidades Autónomas de forma unánime».

El Supremo tumbó en 2018 las comprobaciones masivas de las comunidades autónomas basadas en aplicar coeficientes sobre valores catastrales, subrayó que «el método de aplicar coeficientes sobre valores catastrales es legal pero no es idóneo para determinar el valor real de inmuebles». Entendiendo que «tal método se debe acompañar de actividad comprobadora respecto del inmueble en cuestión».

No les voy a dar la definición de “torticero”, pero se asemeja mucho a la forma en que se intenta en este proyecto de Ley sortear a la justicia.

Los tribunales están tumbando sistemáticamente las tasaciones de inmuebles en compraventas, herencias y donaciones que efectúan las Haciendas autonómicas para recaudar más por los impuestos que tienen cedidos, como Trasmisiones Patrimoniales, Actos Jurídicos Documentados o Sucesiones y Donaciones.

Ahora, el proyecto antifraude de Hacienda quiere sortear estos fracasos judiciales. El texto facilita a las comunidades autónomas que sigan en esta línea y que realicen las comprobaciones con base en el nuevo Valor de Referencia de Mercado (VRM), que Hacienda considera que es «transparente y justo”, ja ja ja…

Fuentes de Hacienda sostienen que «ese valor de referencia de cada inmueble se basa en todas las compraventas de inmuebles efectivamente realizadas y formalizadas ante fedatario». Explican que «se calcula con unas reglas técnicas justas y transparentes y se fijará por Catastro mediante un garantista procedimiento administrativo para su general conocimiento»;.

El polémico VRM se introdujo en la Ley de Presupuestos del Estado para 2018. Se modificó la Ley del Catastro Inmobiliario para que la descripción catastral de los inmuebles incluya, además del valor catastral, ese VRM que el Catastro estimará para cada inmueble, con base en precios comunicados por fedatarios contrastados con otras fuentes.  «Consciente el legislador de que el valor catastral tiene poca flexibilidad, de que es muy diferente del valor de mercado, se quiere fijar ese VRM para que esté disponible para las diferentes Administraciones Tributarias», es decir que será la excusa perfecta para que las CCAA sigan ignorando sistemáticamente los valores de los inmuebles declarados en las Escrituras (que son supuestamente los valores reales de transacción), que podrán comprobarse con base en el VRM, de forma masiva, automática, fácil, sin visita de los peritos, para exigir más impuestos a todo el que compre o herede una vivienda, como si todos fuéramos defraudadores sistemáticos, como ellos, y además lo explican, como siempre, echando las culpas a los ricos.

No señores, no, esto les afecta a todos ustedes, sin excepción, ricos y pobres que reciban en herencia una vivienda, que sus padres pagaron a base de impuesto y más impuestos a lo largo de su vida, que será grabada nuevamente, sin importar el valor que tenga ahora en un mercado realista y afectado por una fuerte crisis sin precedentes.

 

También afectará este valor al Impuesto sobre el Patrimonio

La Ley reguladora del Impuesto sobre Patrimonio, que se ha prorrogado durante 2020, establece en el artículo 10.1 que los inmuebles se computarán «por el mayor valor de los tres siguientes: El valor catastral, el comprobado por la Administración a efectos de otros tributos o el precio, contraprestación o valor de la adquisición». De esta forma, la Administración se garantiza que el inmueble será valorado a través del VRM si es el de más valor.

La situación afecta a muchos contribuyentes que actualmente no tributan por este impuesto porque tienen inmuebles adquiridos hace años con valores de adquisición reducidos, y con valores catastrales no muy elevados. Sin embargo, ahora tendrán que pagar al computar el VRM de sus inmuebles y los que ya tributaban pagarán mucho más.

Tal incremento de la tributación afectará especialmente en aquellas comunidades autónomas que tienen los tipos más altos, como es el caso de Baleares. La Administración balear ha establecido tipos de gravamen más elevados en el Impuesto sobre Patrimonio y que tienen un mercado inmobiliario pujante, al menos hasta ahora. Supongo que tendrán en cuenta el COVID en la corrección de estos valores, ¿no?.

Les invito a volver a echar un vistazo a mi artículo de finales de 2018 en el que también doy mi opinión sobre esta nueva generación de políticos sin cultura tributaria.

En fin, desesperante, ¿no creen?

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