Un paso más en la transparencia fiscal internacional y la planificación fiscal - Aprobado el modelo 232 (I.S. operaciones vinculadas) - BASILIO RAMÍREZ

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Con la aprobación en estos días del nuevo modelo 232, la solicitud de información llega a las operaciones vinculadas, prestando especial interés al régimen de novedades en relación a estas operaciones.

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¿Qué sociedades están obligadas?

Los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes que:
– Actúen mediante establecimiento permanente,
– Así como las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español.

Aquellas que realicen operaciones con personas o entidades vinculadas con la misma persona o entidad vinculada, siempre que el importe de la contraprestación del conjunto en periodo impositivo supere los 250.000 euros, de acuerdo con el valor de mercado. Y también operaciones específicas, siempre que el importe conjunto de cada una de este tipo de operaciones en periodo impositivo supere los 100.000 euros.

Aun cuando no se superen los importes conjuntos mencionados, existirá igualmente la obligación de informar respecto de aquellas operaciones del mismo título y método utilizado, cuando el conjunto de las mismas en el periodo impositivo sea superior al 50% del importe neto de la cifra de negocios de la entidad.

Operaciones informadas: De las operaciones vinculadas realizadas y las operaciones realizadas con países o territorios considerados paraísos fiscales

Períodos informados: Los períodos iniciados en 2016 y finalicen antes del 31 de diciembre de 2016.

 

Plazo presentación Modelo 232

El plazo de comunicación del Modelo 232 será del 1 al 30 de noviembre de 2017, según determina la Orden HFP/816/2017, de 28 de agosto, por la que se aprueba el modelo 232.

Con este modelo se ha pretendido simplificar el modelo 200 de declaración del Impuesto sobre Sociedades, extrayendo el cuadro de información con personas o entidades vinculadas y el relativo a las operaciones con personas o entidades vinculadas en caso de aplicación de la reducción de rentas procedentes de determinados activos intangibles al modelo 232, reduciendo las cargas fiscales indirectas asociadas a la presentación de esta declaración.

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